RENTA 2021 PER CÁPITA INFERIOR A 4.260 € (opcional si se permite la consulta a la Comunidad de Madrid)
- Las casillas que se tendrán en cuenta para el cálculo de la renta serán las siguientes:
420 + 432 – 433 + 424 + 429 – 446 – 436 – 595
El resultado se divide entre el número de miembros de la unidad familiar.
El número miembros de la unidad familiar computables son: padre y/o madre o tutor más hijos menores de 25 años no emancipados. Se acompañará de la documentación acreditativa del número de miembros de la unidad familiar (Libro de Familia).
RENTA MÍNIMA DE INSERCIÓN:
- Si en la solicitud no se ha opuesto a la consulta de datos con la Consejería competente, se recabará la información de que uno o ambos progenitores son beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción.
- Si en la solicitud se oponen a la consulta de datos, deberá aportarse Resolución o Certificación actualizada de la Consejería competente, que acredite que uno o ambos progenitores son beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción.
INGRESO MÍNIMO VITAL:
Certificado de percibir Ingreso Mínimo Vital.
RESTO DE MODALIDADES DIFERENTES A RENTA:
- Acogimiento familiar: Resolución judicial del acogimiento o certificado de la Comisión de Tutela actualizada que acredite que el alumno se encuentra en situación de acogimiento familiar.
- Fuerzas y cuerpos de seguridad del estado: La orden 2015/2020, de 2 de septiembre, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se modifica la Orden 956/2017, de 30 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, determina la inclusión en estas ayudas de las familias de los guardias civiles y policías nacionales, acreditando un certificado por parte de su superior en el que se indique el cuerpo en el que sirven.
- Víctimas del terrorismo: Resolución del Ministerio del Interior del reconocimiento de la condición de víctima del terrorismo;
- Víctimas de violencia: Orden de protección o cualquier otro de los medios previstos en el art. 31 de la Ley 5/2005 de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.
- Protección temporal: Resolución del Ministerio del Interior.
- Escolarización con posterioridad al plazo de presentación de solicitudes: Propuesta de resolución de escolarización emitida por la Comisión de Escolarización.
Más información: https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/becas-comedor-escolar-2023-2024