Aspectos más relevantes:
Los alumnos deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos (previstos en el artículo 4 de las bases reguladoras):
a) Estar matriculado o tener reserva de plaza para el curso 2023-2024, en cualquier curso de un ciclo formativo de Formación Profesional de Grado Medio de alguno de los centros previstos en el artículo 3 de las bases reguladoras.
b) Estar matriculado o tener reserva de plaza del curso completo, en la modalidad presencial o a distancia.
c) No superar la edad de 35 años, en el caso de los solicitantes de beca para el primer curso de Formación Profesional de Grado Medio, y no superar la edad de 36 años en el caso de los solicitantes de beca para el segundo curso.
d) No ser alumno repetidor del curso para el que se solicita la beca.
e) No superar el límite de renta per cápita familiar de 35.913 euros.
f) Ser residente en la Comunidad de Madrid, tanto para la modalidad presencial como a distancia. Para la modalidad a distancia será necesario haber residido en la Comunidad, como mínimo, los cinco años anteriores a la solicitud de la beca.
Estos requisitos deberán mantenerse a lo largo de todo el curso 2023-2024.
La cuantía anual se establecerá en función de la renta per cápita familiar de la siguiente manera:
Tramo de renta per cápita familiar | Cuantía de la beca para primer y segundo curso |
Hasta 6.455 euros: | 2.765€ |
De 6.455,01 a 15.000 euros: | 2.212€ |
Más de 15.000,01 euros: | 1.659€ |
*En ningún caso la cuantía total de la beca superará el coste del curso subvencionado.
*Cómo calcular la renta per cápita familiar: sumando los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar y dividiendo esta cantidad por el número de miembros computables. Consultar el documento sobre Preguntas frecuentes para saber quiénes computan como miembros de la unidad familiar.
4.Compatibilidad con otras becas:
Estas becas son incompatibles con otras ayudas o becas provenientes de la propia Comunidad de Madrid con finalidad similar, destinadas al estudio de Programas de Segunda Oportunidad, al ser éstas incompatibles con cualquier otra beca o ayuda.
Estas becas son compatibles con aquéllas provenientes de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares nacionales o internacionales, siempre que, sumadas ambas, no se supere el coste de las cuotas correspondientes a la formación subvencionada.
5. Cómo hacer la solicitud:
La solicitud se podrá presentar:
a) Telemáticamente, en el registro electrónico de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, a través del botón cumplimentar que encontrará en este enlace. En este caso será necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica que sean operativos en la Comunidad de Madrid.
b) Presencialmente, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros, o registros electrónicos de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid y en oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España. Para la presentación de la solicitud en los Registros de la Comunidad de Madrid será necesario pedir cita previa. Las solicitudes físicas se ajustarán al modelo oficial y podrán obtenerse y cumplimentarse a través de la página web institucional de la Comunidad de Madrid, en el siguiente enlace.
Al cumplimentar la solicitud, es importante tener en cuenta lo siguiente:
Más información sobre la convocatoria: Convocatoria Becas FP Grado Medio 2023-24
Consulta el siguiente documento sobre Preguntas Frecuentes para resolver otras dudas que puedas tener sobre cómo firmar la solicitud telemática, dónde pedir cita previa para la presentación de solicitudes de forma presencial, qué documentos debes presentar en todo caso, qué se entiende por unidad familiar, cómo se calcula la renta per cápita familiar, etc..